Fundamento Jurídico

En términos del artículo 115 del Reglamento para el Gobierno Interior del ISSSTELEÓN, las atribuciones de Direcciones de Administración son:

I. Dar seguimiento a las funciones de las Coordinaciones a su cargo, informando periódicamente al Director General sobre sus avances. 
II. Realizar todos los actos que sean necesarios o conducentes para el logro de su misión y objetivos. 
III. Planear, dirigir, coordinar y evaluar las actividades y cumplimiento de las atribuciones que a la Dirección correspondan, conforme a las disposiciones legales respectivas. 
IV. Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables en relación con las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios directamente relacionados con el Instituto y promover, en el ámbito de su competencia, que las Direcciones del mismo se coordinen, colaboren y ejerzan sus atribuciones conforme a las disposiciones legales aplicables. 
V. Difundir y asegurar la operación de manuales, políticas y procedimientos autorizados en materia de adquisiciones de bienes y servicios. 
VI. Recabar de las diversas Direcciones del Instituto, sus respectivos proyectos del Programa Anual de Adquisiciones.
VII. Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones con base en los proyectos de las Direcciones del Instituto, para ajustarlo a las asignaciones presupuestales. 
VIII. Fincar los pedidos a los proveedores de acuerdo con los requerimientos, programación y recursos autorizados, cumpliendo con la normatividad aplicable a las adquisiciones de bienes, arrendamientos y servicios; Tratándose de pedidos hasta por 2,000 cuotas de salario mínimo general diario vigente en el área metropolitana de Monterrey, podrán realizarse por conducto de los Coordinadores de su adscripción.
IX. Coadyuvar con la Dirección Jurídica en la elaboración, revisión y análisis de las convocatorias, bases y políticas sobre licitaciones públicas y concursos por invitación. 
X. Coadyuvar con la Dirección de Finanzas en el establecimiento y administración del sistema de control del activo fijo del Instituto.
XI. Coadyuvar con la Dirección de Finanzas en la verificación de los activos fijos adquiridos por el Instituto para que se encuentren debidamente inventariados, asignados a las Direcciones que corresponda, y en condiciones acordes a su antigüedad, características y destino; 
XII. Dirigir y supervisar el desarrollo, instalación y mantenimiento de sistemas de hardware y software, voz y datos requeridos para la operación del instituto; 
XIII. Resolver los recursos administrativos en la materia de su competencia, con el auxilio de la Dirección Jurídica. 
XIV. Recibir las requisiciones que envían las Direcciones y verificar que cumplan con los requisitos establecidos.}
XV. Determinar y supervisar el envío de facturas para su resguardo y registro patrimonial a la Dirección de Finanzas. 
XVI. Llevar el control del archivo y registro de requisiciones, facturas, órdenes de compra, órdenes de pago y demás documentación relacionada con las funciones de la propia Dirección. 
XVII. Integrar debidamente los expedientes derivados de los procesos de adquisición, arrendamientos y contratación de servicios realizados, debiéndose encontrar debidamente firmados, con todos sus anexos y en su caso, fianzas correspondientes, lo anterior, para su envío y trámite de órdenes de pago, ante la Dirección de Finanzas. 
XVIII. Administrar y operar el Almacén de Materiales que contendrá lo necesario para suministrar a las diferentes Direcciones. 
XIX. Llevar un registro de proveedores de bienes y servicios del Instituto. 
XX. Apoyar a las Direcciones en la programación de la adquisición de sus bienes y servicios y en el desarrollo de los sistemas administrativos que requieran para el desempeño de sus actividades, en los términos que establezcan las leyes respectivas. 
XXI. Vigilar la oportuna programación, realización y celebración de los contratos relativos a las adquisiciones, suministros y arrendamientos de bienes muebles e inmuebles; equipo de infraestructura y servicios en materia de tecnologías de información y comunicaciones y los servicios necesarios para el cumplimiento de los fines del Instituto. 
XXII. Normar, dirigir y controlar las funciones de administración de servicios generales, mantenimiento, seguridad y vigilancia del Instituto, observando las normas aplicables; 
XXIII. Asegurar que se realicen las acciones tendientes a cumplir con la observación, mantenimiento y otorgamiento de servicios generales a los bienes muebles e inmuebles propios del Instituto o arrendados. 
XXIV. Definir las políticas y procedimientos para la conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles del Gobierno del Estado y los arrendados. 
XXV. Diseñar y mantener un sistema de información estadística para la generación de los diferentes informes que presenta el Instituto; 
XXVI. Supervisar que los servidores públicos adscritos al Instituto que le estén subordinados cumplan con las disposiciones de este reglamento, disposiciones administrativas y de control implementadas en el Instituto, en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León y demás normativas afines a la materia. 
XXVII. Asegurar el manejo apropiado y confidencial de la información que se genere, responda y publique además de la que tenga a su cargo la Dirección.
XXVIII. Atender, apoyar y dar seguimiento a los programas de revisión que ordene la Auditoría Superior del Estado. 
XXIX. Coordinar el ejercicio de sus funciones con la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado y con el Órgano Interno de Control del Instituto.
XXX. Solicitar asesoría a la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado para el ejercicio de sus funciones.
XXXI. Conocer todo acto, contrato y documento que implique obligación o derecho inmediato o eventual para el Instituto. 
XXXII. Guardar absoluta reserva de los programas a efectuar y de los resultados obtenidos del ejercicio de sus actividades.
XXXIII. Certificar copia de los documentos que tenga bajo su resguardo por las funciones propias de su encargo.
XXXIV. Promover e impulsar la mejora continua de los procesos y servicios del Instituto.
XXXV. Coordinar, atender, apoyar y dar seguimiento a los programas de revisión que ordene la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado.
XXXVI. Las demás facultades que expresamente le confieran las leyes, reglamentos, otras disposiciones administrativas y legales aplicables, y las que le atribuya directamente el Director General del Instituto.

Encargado de coordinar, dirigir y supervisar la mejora continua de los procesos administrativos para el buen funcionamiento del Instituto.

TITULAR
Lic. Juan Enrique Villarreal Salazar

ESTRUCTURA Y FUNCIONES POR ÁREA

Subdirección de Desarrollo Institucional
Encargada de analizar, proponer e implementar acciones en materia administrativa que satisfagan los procesos del Instituto que signifiquen mejores esquemas de servicio, eliminen requisitos innecesarios y produzcan un mejor uso de los recursos a cargo del Instituto.

 

Supervisar el mantenimiento de la información estadística para la generación de los diferentes informes que presenta el instituto.

Dirigir y supervisar el desarrollo, instalación y mantenimiento de sistemas de hardware y software, voz y datos, requeridos para la operación del Instituto.

Establecer, validar, administrar e implementar los proyectos en materia de tecnologías de información y comunicaciones del Instituto.

Proporcionar servicio de soporte técnico a los diferentes departamentos, sistemas, equipos de cómputo y comunicaciones.

Revisar y sugerir mejoras a los sistemas de medición como indicadores de desempeño del Instituto.

Revisar la generación mensual los indicadores institucionales y de desempeño de esta Dirección.

Seguimiento a la operación para actualización de los manuales de Organización y Procedimientos del instituto.

Revisar los métodos y herramientas para el seguimiento y evaluación de los resultados del programa Institucional, así como administrar las herramientas que se encuentren en operación para tales efectos.