Funciones

En términos del Artículo 117 del Reglamento para el Gobierno Interior del ISSSTELEON, las atribuciones de la Dirección de Desarrollo Humano son: 

I. Establecer políticas en materia de Recursos Humanos e intervenir en su selección, nombramiento, formación y adscripción, así como todas las cuestiones relacionadas con la administración y desarrollo del personal.  
II. Autorizar, contratar, evaluar, promover, transferir y remover al personal del Instituto previo a la autorización del Director General.  
III. Diseñar y aplicar los programas de capacitación y desarrollo humano integral del personal del Instituto.  
IV. Diseñar y aplicar los estímulos que permitan mejorar el desempeño del personal ypromover el desarrollo de proyectos de mejora continua en las diferentes áreas del Instituto.  
V. Proponer, diseñar, coordinar, ejecutar, y evaluar las estrategias y programas de comunicación social del Instituto.  
VI. Proponer, diseñar y programar las campañas institucionales del Instituto.  
VII. Elaborar, definir y coordinar estrategias discursivas sobre las acciones del Instituto.
VIII. Establecer lineamientos para el uso de los elementos gráficos o conceptuales que den identidad al Instituto. 
IX. Definir estrategias mediáticas para las intervenciones de los servidores públicos del Instituto en la comunicación de acciones de trabajo.  
X. Planear campañas de imagen del Instituto.  
XI. Supervisar el análisis de contenido de la información diaria generada por los medios de comunicación sobre el interés del Instituto.  
XII. Diseñar y producir los medios y materiales de comunicación interna y externa para el alcance y difusión de actividades del Instituto, así como la síntesis informativa de los medios de comunicación.  
XIII. Coadyuvar con la Coordinación de tecnologías de Información del Instituto para el diseño, administración y actualización del Portal y la Página Oficial de Internet, así como difundir a través de ésta materiales relevantes para los derechohabientes y los ciudadanos en general.  
XIV. Vincular a los medios de comunicación con el Instituto.  
XV. Atender las peticiones informativas de los medios de comunicación en relación con las actividades del Instituto.  
XVI. Diseñar políticas de relaciones públicas con los medios de comunicación en la Entidad.  
XVII. Ejecutar las políticas que en materia de comunicación social le indique el Director General.  
XVIII. Cumplir con las funciones y atribuciones que, en su caso, le señale el presente Reglamento.  
XIX. Elaborar proyectos de desarrollo y mejoramiento de calidad de los jubilados y pensionados a través de diferentes acciones como: conferencias, cursos talleres, promoción de salud, esparcimiento, desarrollo cultural, deporte e integración social.  
XX. Dirigir y supervisar el debido funcionamiento, desarrollo, instalación y mantenimiento de la Casa del Jubilado.  
XXI. Guardar y hacer guardar el orden dentro de la Casa del Jubilado, y para el caso de que alguno de los usuarios no mostrase el comportamiento debido imponer las medidas conducentes para tal efecto.  
XXII. Gestionar los cursos y demás apoyos correspondientes con las diversas entidades públicas y privadas para brindar un programa de actividades permanentes a los jubilados.  
XXIII. Planeación anual de cursos y talleres de capacitación, para el desarrollo de habilidades personales y profesionales del personal mejorando su desempeño y productividad.  
XXIV. Supervisar que los servidores públicos adscritos al Instituto que le estén subordinados cumplan con las disposiciones de este reglamento, disposiciones administrativas y de control implementadas en el Instituto, en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León y demás normativas afines a la materia.  
XXV. Atender, apoyar y dar seguimiento a los programas de revisión que ordene la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado.  
XXVI. Diseñar y coordinar proyectos de intervención o actividades que tengan como objetivo mejorar el clima organizacional, así como la integración del personal que labora en el Instituto.  
XXVII. Certificar copias de los documentos que tenga bajo su resguardo por las funciones propias de su encargo. 
XXVIII. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones administrativas y legales aplicables; y las que le atribuya directamente el Director General del Instituto. 

Encargada de Despacho de la 
Dirección de Desarrollo Humano
Lic. Gabriela García Reyna